lunes, 29 de septiembre de 2014

CERTIFICADO DE SEGURO INDIVIDUAL

La Audiencia Provincial de Madrid, en su reciente sentencia de julio de 2014, falló a favor de un cooperativista al que nunca se le emitió un certificado de seguro individual a su favor.
 
Existía, eso sí, el Seguro de Caución Colectivo que establece la Ley 57/68, cuyo titular era la Cooperativa.  
 
Si este es tu caso y sabes que tu Cooperativa contrató el Seguro de Caución que marca la Ley 57/68, pero nunca te entregaron el certificado individual a tu nombre, puedes contactarnos sin compromiso y te asesoraremos de cómo proceder para recuperar tus ahorros.
 
 
Llámanos al 91 420 24 27 o escríbenos un correo electrónico a afectadoscoop@avinalabogados.com.
Antonio Viñal & Co. Abogados está formado por un equipo de profesionales, con amplia experiencia en asesoramiento legal de Cooperativas de Viviendas.

Nuestro bufete ha defendido con éxito, extrajudicial y judicialmente, a cientos de cooperativistas.






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